Matrícula, honorarios, visados, refacciones: Nuevos valores con vigencia a partir del 1º de enero lo

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Comunicamos a nuestra matrícula las siguientes resoluciones de Directorio, que establecen actualizaciones en diversos ítems, entrando todas ellas en vigencia a partir del 1º de enero de 2025.

Matrícula

Se establece la actualización del canon de matrícula profesional por derecho de inscripción y habilitación anual para el primer trimestre del 2025, en un 6%, estimado por redondeo, quedando los valores vigentes a partir del 1º de enero de 2025 hasta el 31 de Marzo de 2025.

Recordamos la importancia de regularizar las cuotas pendientes antes del 31 de diciembre de 2024. A partir de enero, las deudas se actualizarán y, en caso de acumular más de 4 cuotas en mora, la matrícula será suspendida automáticamente hasta su regularización.

En caso de no renovar la matrícula para el 2025, solicitamos comunicarlo mediante una nota firmada y enviada a administracion@colegioarquitectos.org.ar antes del 31 de diciembre de 2024. Es importante tener en cuenta que no se podrán realizar cambios luego de esa fecha.

Honorarios

En vista de que el incremento del costo de vida en lo que va del año 2024 es del 101,6% y que la última actualización practicada en la resolución mencionada en el visto toma como referencia el promedio de los valores de Abril, mayo y Junio 2024, el Directorio consideró un incremento único para el primer trimestre del año 2025, teniendo en cuenta que los porcentajes de inflación se han mantenido en los últimos meses. De acuerdo a la decisión del Directorio, el honorario base profesional promedio para los meses de enero, febrero y marzo de 2025 quedará en 748.757 $.

Valores de visado

Se adecúan los valores de derecho de visado estimando como referencia el 1‰ del precio del m2 para vivienda urbana (modelo tipológico 1-vivienda individual) publicado en la web del CAUPER.

Visado EPRE

El Directorio del CAUPER resuelve establecer el valor de visado EPRE equivalente al 10% del canon de visación de menor valor, ratificando el espíritu de la resolución 993/10.

Desvinculación de la categoría «Refacción»

Teniendo en cuenta que la refacción implica una responsabilidad profesional menor al momento de su ejecución en la obra y que en la actualidad se ha observado que el costo del visado de refacción es considerado sumamente alto comparado con un proyecto nuevo, igualando superficies pero con labores de menor grado de complejidad, y –sumado a esto– el hecho de que resulta conveniente disminuir el valor del visado de Refacción y desvincularlo de los ítems que actualmente integra a la categoría Proyecto, Obras Nuevas y Ampliaciones, con el objetivo de estimular la actividad profesional, se resuelve:

  • Desvincular e independizar el ítem Refacción de la categoría Proyecto – Obra Nueva, Ampliaciones.
  • Disminuir el valor del visado de Refacción al 50% del valor de visado de Proyecto.

Más información

Para detalles completos sobre los nuevos valores, te invitamos a consultar los enlaces que se encuentran a continuación. Además, podés comunicarte a administracion@colegioarquitectos.org.ar para cualquier consulta.

Valores de Matrícula
Honorarios profesionales
Valores de Visados

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